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24 septiembre 2026, 6:01 am

Un padre pierde acceso a plataformas de streaming por deuda alimentaria de casi $4 millones

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El Juzgado Multifueros de El Bolsón ha emitido un fallo que prohíbe a un padre el acceso a varias plataformas de streaming debido a una deuda de casi $4 millones en concepto de cuota alimentaria. Esta decisión afecta a servicios como Netflix, Spotify, Disney+, Prime Video, YouTube y Max.

La magistrada Paola Bernardini, responsable del caso, fundamentó su decisión en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que permite aplicar medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. La orden incluye la suspensión de la licencia de conducir del deudor, añadiendo una capa adicional a las restricciones impuestas.

Bernardini aclaró que el objetivo de estas medidas no es sancionar, sino disuadir al deudor de su incumplimiento y asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria. El Tribunal ha solicitado a las plataformas que informen sobre cualquier suscripción vigente y ha instruido a suspender cuentas de inmediato, prohibiendo nuevas contrataciones mientras la deuda persista.

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La medida fue solicitada por la madre de los hijos, quien evidenció la continuidad de la deuda. Además, el Defensor de Menores apoyó la iniciativa. En cuanto a la licencia de conducir, no solo se suspenderá, sino que también se prohibirá su renovación hasta que el deudor regularice su situación.

Asimismo, se ha consultado a los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para verificar si el deudor posee bienes, lo que podría llevar a nuevos embargos. Actualmente, ya hay un mandamiento de embargo sobre el vehículo del acusado.

La magistrada enfatizó que el derecho alimentario es un derecho humano básico, y su incumplimiento afecta directamente el bienestar de los hijos. Bernardini también indicó que imponer una multa adicional no sería efectivo en este contexto, sugiriendo que las medidas deben adaptarse a las circunstancias del deudor.

Finalmente, la magistrada advirtió que un incumplimiento sistemático de la obligación alimentaria podría llevar a una acción penal, elevando el conflicto más allá del ámbito civil.

Fuente: La Nación

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